Cartas

Ley de 40 horas (II): Criterio erróneo

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Señor Director:

A pocos días de la entrada en vigor de la ley de las 40 horas, la Dirección del Trabajo emitió un nuevo dictamen (235/08), para definir la adecuación al nuevo límite de jornada cuando no hay acuerdo entre las partes. Este dictamen reemplaza su propia doctrina publicada en el dictamen 213/07 hace algunos días.

Según el nuevo criterio, ante la falta de acuerdo, con el cambio de 45 a 44 horas máximas semanales debería reducirse la jornada en una hora en un día a la semana y no proporcionalmente repartido en los días de trabajo.

Más allá de la improvisación que implica un cambio de criterio a poco de la ejecución de la nueva ley, el criterio es erróneo ya que la norma en caso alguno establece una obligación de reducir una hora diaria y ante una norma obligatoria un empleador perfectamente podría evaluar alternativas para su cumplimiento.

En ese sentido poco ayuda una opinión contraria a la legislación de parte de la autoridad laboral, quien está llamada a ejercer sus facultades generando certeza jurídica y de forma imparcial.

En el intertanto, sigue pendiente la definición acerca de los requisitos para implementar un sistema electrónico de asistencia que por ley la DT debe realizar.

Rocío García de la Pastora y Tomás Garnham

Guerrero Olivos

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